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Visión 

Nuestra Visión es que usted nuestro socio tenga la satisfacción no les podemos asegurar que al estar en MundoWeb Entertainment™ sus seguidores aumentaran considerablemente pero le aseguraremos que su contenido se compartirá en otro países (la distribución en países lo decidirá usted) queremos que se le trate lo mejor posible para cualquier duda o sugerencia estará disponible en el apartado de contactos de MundoWeb o a esta dirección Gmail®: mariosarmientonogueira@gmail.com le aseguramos que sus dudas serán respondidas, como sabrá de algún comentario de algunos de nuestros compañeros o el presidente de MundoWeb™ nuestra pagina no es lucrativa o de consorcio por lo que no podemos darle ninguna suma de dinero pero entrar a MundoWeb™ para usted y todo usuario que quiera entrar alguna de nuestras paginas es gratuito somos una comunidad como usted que queremos lo mejor en entretenimiento lo hacemos por amor y gusto, le aseguramos que no ganaremos ni un solo Peso, Dólar,Libra,Euro,Yen,Won,Rupia, criptomoneda o material de uso compra-venta. De su trabajo en caso de existir inconsistencia en este informe para usted no olvide comunicarnos a nuestro correo.

Nuestra Historia 

Somos un conjunto de compañeros que desarrollamos paginas web para el entretenimiento,consumismo, curiosidades y información así como las personas que previamente poseen una pagina web y vinculan con nosotros para llevar mas contenido para ustedes MundoWeb™ intenta fortalecerse buscando todo lo mejor para usted gracias a todos nuestros socios y compañeros que por ellos MundoWeb Entertainment™ existe y también a Webnode™ y Wix™ que por ellos nos da el motor de desarrollo para crear estas paginas y a todos los usuarios les deseamos gracias. 

Copyright de derechos de autor

El contenido de estas obras y aportaciones audiovisuales e ilustrativas digitalmente e escaneadamente, tiene como objetivo el entretenimiento y bajo la tutela de clasificación de edades ESRB® para América, PEGI® para Europa y CERO® para Asia. Las escenas provocativas y lenguaje explicito  de algún contenido serán advertidas previamente, estas escenas no representan ni pretenden representar hechos de la vida real cualquier parecido es mera coincidencia a excepción que sean representaciones 100% iguales o de carácter histórico, estos contenidos audiovisuales están protegidos por la primera enmienda de los Estados Unidos de América que prohíbe la creación de cualquier ley con respecto al establecimiento oficial de una religión, que impide la práctica libre de la misma, que reduce la libertad de expresión, que viola la libertad de prensa, que interfiere con el derecho de reunión pacífica o que prohíban solicitar compensación por agravios gubernamentales, incluyendo el articulo 11,12,13,14,15,16 y 17 de la ley federal de derechos de autor  en México

Artículo 11

El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado en favor de todo creador de obras literarias y artísticas previstas en el artículo 13 de esta Ley, en virtud del cual otorga su protección para que el autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial. Los primeros integran el llamado derecho moral y los segundos, el patrimonial. 

Artículo 12 

El autor es la persona física que ha creado una obra literaria y artística. 

Artículo 13

Los derechos de autor a que se refiere esta Ley se reconocen respecto de las obras de las siguientes ramas:

  1. Literaria;

  2. Musical, con o sin letra;

  3. Dramática;

  4. Danza;

  5. Pictórica o de dibujo;

  6. Escultórica y de carácter plástico;

  7. Caricatura e historieta;

  8. Arquitectónica;

  9. Cinematográfica y demás obras audiovisuales;

  10. Programas de radio y televisión;

  11. Programas de cómputo;

  12. Fotográfica;

  13. Obras de arte aplicado que incluyen el diseño gráfico o textil, y

  14. De compilación, integrada por las colecciones de obras, tales como las enciclopedias, las antologías, y de obras u otros elementos como las bases de datos, siempre que dichas colecciones, por su selección o la disposición de su contenido o materias, constituyan una creación intelectual.

Las demás obras que por analogía puedan considerarse obras literarias o artísticas se incluirán en la rama que les sea más afín a su naturaleza.

Artículo 14 

No son objeto de la protección como derecho de autor a que se refiere esta Ley:
I. Las ideas en sí mismas, las fórmulas, soluciones, conceptos, métodos, sistemas, principios, descubrimientos, procesos e invenciones de cualquier tipo;
II. El aprovechamiento industrial o comercial de las ideas contenidas en las obras;
III. Los esquemas, planes o reglas para realizar actos mentales, juegos o negocios;
IV. Las letras, los dígitos o los colores aislados, a menos que su estilización sea tal que las conviertan en dibujos originales;
V. Los nombres y títulos o frases aislados;
VI. Los simples formatos o formularios en blanco para ser llenados con cualquier tipo de información, así como sus instructivos;
VII. Las reproducciones o imitaciones, sin autorización, de escudos, banderas o emblemas de cualquier país, estado, municipio o división política equivalente, ni las denominaciones, siglas, símbolos o emblemas de organizaciones internacionales gubernamentales, no gubernamentales, o de cualquier otra organización reconocida oficialmente, así como la designación verbal de los mismos;
VIII. Los textos legislativos, reglamentarios, administrativos o judiciales, así como sus traducciones oficiales. En caso de ser publicados, deberán apegarse al texto oficial y no conferirán derecho exclusivo de edición;
Sin embargo, serán objeto de protección las concordancias, interpretaciones, estudios comparativos, anotaciones, comentarios y demás trabajos similares que entrañen, por parte de su autor, la creación de una obra original;
IX. El contenido informativo de las noticias, pero sí su forma de expresión, y

X. La información de uso común tal como los refranes, dichos, leyendas, hechos, calendarios y las escalas métricas.  

Artículo 15 

Las obras literarias y artísticas publicadas en periódicos o revistas o transmitidas por radio, televisión u otros medios de difusión no pierden por ese hecho la protección legal.

Artículo 16 

La obra podrá hacerse del conocimiento público mediante los actos que se describen a continuación:

I. Divulgación: El acto de hacer accesible una obra literaria y artística por cualquier medio al público, por primera vez, con lo cual deja de ser inédita;

II. Publicación: La reproducción de la obra en forma tangible y su puesta a disposición del público mediante ejemplares, o su almacenamiento permanente o provisional por medios electrónicos, que permitan al público leerla o conocerla visual, táctil o auditivamente;

III. Comunicación pública: Acto mediante el cual la obra se pone al alcance general, por cualquier medio o procedimiento que la difunda y que no consista en la distribución de ejemplares;

IV. Ejecución o representación pública: Presentación de una obra, por cualquier medio, a oyentes o espectadores sin restringirla a un grupo privado o círculo familiar. No se considera pública la ejecución o representación que se hace de la obra dentro del círculo de una escuela o una institución de asistencia pública o privada, siempre y cuando no se realice con fines de lucro;

V. Distribución al público: Puesta a disposición del público del original o copia de la obra mediante venta, arrendamiento y, en general, cualquier otra forma, y

VI. Reproducción: La realización de uno o varios ejemplares de una obra, de un fonograma o de un videograma, en cualquier forma tangible, incluyendo cualquier almacenamiento permanente o temporal por medios electrónicos, aunque se trate de la realización bidimensional de una obra tridimensional o viceversa.

Artículo 17 

 Las obras protegidas por esta Ley que se publiquen, deberán ostentar la expresión "Derechos Reservados", o su abreviatura "D. R.", seguida del símbolo ©; el nombre completo y dirección del titular del derecho de autor y el año de la primera publicación. Estas menciones deberán aparecer en sitio visible. La omisión de estos requisitos no implica la pérdida de los derechos de autor, pero sujeta al licenciatario o editor responsable a las sanciones establecidas en la Ley. 

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Hola

Hola te agradezco que leas esto en verdad significa o significara mucho para mi este o no este presente ya  en este "lugar" a sido un honor si me conoces haber compartido un cachito de tu tiempo, su vida conmigo no hay con que agradecer no tengo ya que ofrecer solo estas palabras.

Muchas gracias y que esto quede como un recuerdo que alguna vez estuve que viví que llore y que llegue a reír hasta que esta pagina se expire como un ultimo suspiro  con un destino como yo, como el todo porque como un libro todo tiene un principio y todo tiene un fin. 

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